domingo, 1 de diciembre de 2013

EL RECIBO BANCARIO

Se trata de un documento que emite la empresa que desea realizar el cobro y que es cedido a una entidad financiera para que esta última a través del Sistema de Compensación Electrónica, lo haga llegar hasta la cuenta especificada por el deudor de tal modo que su importe se adeude en la cuenta del cliente.
Recibo bancario



Leyenda:
  1. Nombre de la entidad financiera que nos ha cargado el recibo.
  2. Fecha operación en la que se ha realizado el cargo en la cuenta del pagador.
  3. Datos de la oficina donde esta aperturada la cuenta donde se realiza el cargo.
  4. Número de recibo, número que identifica al recibo.
  5. Referencia, número de referencia del recibo.
  6. Empresa o entidad que ha generado el cargo y ha puesto en circulación el recibo, en definitiva empresa que cobra.
  7. NIF/CIF Emisor, número de identificación fiscal del emisor del recibo.
  8. Titular del recibo, identificación de la persona, física o jurídica, que ha de realizar el pago.
  9. Datos del recibo, en este campo se puede insertar gran cantidad de información, por ejemplo todos los datos de la compra del producto o servicio que se satisface con el pago de dicho recibo.
  10. Entidad presentadora, identificación de la entidad y sucursal bancaria que ha puesto en circulación dicho recibo.
  11. Fecha valor, fecha en la que efectivamente se produce el cargo en la cuenta deudora.
  12. Importe del recibo, cuantía del recibo.
  13. Código cuenta cliente de la cuenta bancaria en la que se ha procedido al cargo de dicho recibo.
En primer lugar se ha de tener presente que para la emisión de un recibo contra una cuenta bancaria se ha de disponer de una autorización firmada por el titular de la cuenta, de forma autógrafa, por duplicado. En una de ellas se autoriza a la empresa a emitir recibos contra la cuenta y en la otra se autoriza a la entidad financiera a cargar los recibos presentados hasta nueva orden. En esta línea cabe destacar que en la actualidad son muchas las entidades bancarias que entienden que el cliente autoriza el cargo en cuanta de un recibo si no procede a su devolución, de hecho los plazos de devolución de recibos son muy amplios.
Para emitir los recibos deberemos disponer de una base de datos donde se reflejen los datos de los librados, estos datos son:
  • Nombre o razón social.
  • Clave bancaria de la entidad y sucursal en la que nuestro cliente admite el pago.
  • Número de la cuenta de cargo.
  • Nombre del titular de la cuenta.
  • Domicilio del titular.
  • Población y provincia.
  • Código postal.